Línea ICO Exportadores 2019

Línea ICO Exportadores 2019

El Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha establecido esta línea de financiación orientada a autónomos y empresas con domicilio social en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo del importe de las facturas procedentes de su actividad exportadora o cubrir los costes previos de producción y elaboración de los bienes objeto de exportación.

Conceptos financiables

  • Anticipos de facturas: se podrán anticipar facturas que tengan un vencimiento no superior a 180 días, a contar desde la fecha de la firma de la operación.
  • Prefinanciación: necesidades de liquidez de la empresa para cubrir los costes de producción y elaboración del bien o servicio objeto de exportación.

La operación de prefinanciación concedida con fondos ICO, deberá ser cancelada con carácter previo a la formalización de una operación de anticipo de facturas de los bienes que fueron objeto de prefinanciación.

¿Dónde se puede solicitar la financiación?

En cualquiera de las sucursales de las Entidades de Crédito que colaboran con el ICO en este producto.

¿Cuál es el plazo?

Durante todo el año 2019.

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

Se podrá financiar hasta el 100% del importe de la factura, o hasta el 100% del importe de venta de los bienes o de la prestación de servicios siempre que no se supere el importe máximo de 12,5 millones de euros de saldo vivo por cliente y años, en una o varias disposiciones.

Modalidad de la operación

La entidad financiera y el cliente podrán formalizar el contrato de financiación que acuerden las partes. En el caso de prefinanciación, el documento aportado deberá identificar de forma clara la operación objeto de financiación.

Comisiones y gastos

La Entidad de Crédito podrá establecer una comisión al inicio de la operación. El coste de esta comisión más el tipo de interés que la Entidad de Crédito fije, no podrán superar la Tae máxima que la Entidad de Crédito puede aplicar a la operación.

Además, podrá aplicar una comisión de amortización anticipada voluntaria del 0,05% sobre el importe cancelado.

En caso de amortización anticipada obligatoria, se devengará una comisión en concepto de penalización del 1% sobre el importe indebidamente formalizado.

TAE de la operación

La Tasa Anual Equivalente (TAE) aplicable a la operación estará compuesta por el coste de la comisión inicial que establezca la Entidad de Crédito más el tipi de interés. La Tae no podrá superar tipo variable más hasta 2,30%.

El apartado TAE figura en la ficha del producto, podrá consultar el coste máximo para el cliente (TAE), que se puede aplicar a las nuevas operaciones que se formalicen dentro de esta Línea. El TAE se actualiza con carácter semanal.

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