SUBVENCIONES DESTINADAS A LA MODERNIZACIÓN Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD Y A PROMOVER EL RELEVO GENERACIONAL DE LAS PYMES COMERCIALES Y ARTESANAS DE ANDALUCÍA

SUBVENCIONES DESTINADAS A LA MODERNIZACIÓN Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD Y A PROMOVER EL RELEVO GENERACIONAL DE LAS PYMES COMERCIALES Y ARTESANAS DE ANDALUCÍA

Objeto de las subvenciones

    • Impulsar la modernización de las pequeñas empresas comerciales y artesanas de Andalucía a través de la mejora de sus instrumentos de gestión, mediante la introducción de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), de su incorporación al comercio electrónico y la modernización de su imagen y sus infraestructuras.
    • Favorecer la continuidad de las pequeñas empresas comerciales y artesanas en funcionamiento que estén en peligro de desaparición por jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento de su titular u otra causa sobrevenida, mediante la financiación de herramientas de planificación del proceso de relevo generacional.

Plazo

Hasta el 2 de agosto.

Líneas: 4 Modalidades de subvención

Modalidad A. Proyectos de modernización digital de las pymes comerciales y artesanas.

Con estos proyectos se persigue impulsar la transformación de las pequeñas empresas comerciales y artesanas a través de las TIC y su incorporación al ámbito digital .

Serán subvencionables las siguientes actuaciones:

a) En el ámbito de la mejora de la gestión, las actuaciones dirigidas a la implantación de soluciones digitales en todos los procesos de negocio de la empresa, ya sean relacionadas con la gestión empresarial o directamente con el proceso de comercialización. (TPV, etiquetas electrónicas, programas de gestión, automatización de ventas, sistemas de contadores de personas, cartelería digital, etc.)

b) En el ámbito del comercio electrónico se podrán subvencionar una o varias de las siguientes actuaciones dirigidas a la implantación de una estrategia de comercialización online de la empresa. (creación y diseño de aplicaciones para móviles, diseño e implantación de una tienda ‘online’, actuaciones de comunicación, publicidad y marketing en internet,etc.).

    • Cuantía máxima subvencionable por cada establecimiento: 6.000 €.
    • Cuando se lleve a cabo en varios establecimientos: 12.000 €.
    • Porcentaje máximo de subvención: hasta el 100% de la inversión realizada IVA excluido.
    • Inversión mínima: 1.500 € (IVA excluido)

Modalidad B. Proyectos de modernización y actualización de las pymes comerciales y artesanas.

Esta modalidad está prevista, para proyectos que tengan por objeto su modernización, de tal modo que les permita marcar la diferencia frente al resto de formatos, atrayendo a nueva clientela con el fin de incrementar su productividad.

Se subvencionarán los gastos destinados a la modernización y actualización de las pymes comerciales y artesanas, las obras de reforma y acondicionamiento tanto de la fachada como del interior del local o taller, así como la adquisición de equipamiento o mobiliario. En esa compra de equipamiento se incluyen los elementos de protección frente al Covid-19.

    • Cuantía máxima subvencionable: 15.000 € por establecimiento
    • Cuando el proyecto se desarrolle en varios establecimientos: 26.250 € por empresa.
    • Porcentaje máximo de subvención: hasta el 100% de la inversión realizada IVA excluido.
    • Inversión mínima: 1.500 € (IVA excluido).

Modalidad C. Proyectos de expansión de las pymes comerciales y artesanas.

Su finalidad es contribuir a la expansión de estas pymes, promocionando proyectos que tengan por objeto la apertura de un nuevo punto de venta comercial o un nuevo establecimiento artesano.

El nuevo establecimiento puede desarrollar la misma actividad o introducir algún tipo de variantes del negocio derivadas de la diversificación de su oferta, nuevos servicios ofrecidos a las personas consumidoras o la implantación de nuevas tendencias.

Se subvencionarán los costes de las obras de mejora, reforma y acondicionamiento y la adquisición de equipamiento y mobiliario de uso en la zona dedicada a la exposición y venta, entre otras.

    • Cuantía máxima subvencionable: 21.000 € por cada nuevo establecimiento que se abra, con un máximo de dos establecimientos.
    • Porcentaje máximo de subvención: hasta el 100% de la inversión realizada IVA excluido.
    • Inversión mínima: 3.000 € (IVA excluido).

Modalidad D. Proyectos de relevo generacional de las pymes comerciales y artesanas

Entendiendo por tales aquellos que tienen por objeto planificar los procesos de relevo con la finalidad de contribuir a dar continuidad a pequeñas empresas comerciales o artesanas que de otro modo se verían abocadas al cierre, debido a la jubilación, incapacidad permanente, fallecimiento del titular u otra causa sobrevenida.

En esta modalidad se financiarán gastos para el desarrollo del protocolo familiar o del plan de relevo que contemple las condiciones del traspaso así como los destinados a la capacitación de las personas relevistas.

    • Estos proyectos podrán ser subvencionados hasta el 100% de los gastos asumidos por la empresa para la elaboración del protocolo familiar o el plan de relevo.
    • En el caso de los gastos de capacitación de las personas relevistas el máximo subvencionable será el 50% del precio de la acción de capacitación. La subvención máxima a percibir dependerá del tamaño de la empresa estableciéndose los siguientes límites:
      • Empresas de menos de 10 personas trabajadoras: 6.000 €
      • Empresas entre 10 y 49 personas trabajadoras: 8.000 €

Entidades beneficiarias y requisitos

Para ser beneficiarias, las empresas o agrupaciones habrán de reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la condición de pyme conforme a lo establecido por la Comisión Europea .

b) Desarrollar su actividad comercial o artesana en Andalucía. En el caso de que lleven a cabo solo una actividad comercial on-line, habrán de demostrar que generan actividad económica en Andalucía, entendiéndose por tal la creación de empleo directo en el territorio.

c) Las pymes de comercio minorista que soliciten subvenciones para la implementación de proyectos de las modalidades A, B y C, habrán de reunir, además, los siguientes requisitos:

    • Estar dadas de alta en alguno de los epígrafes del IAE relacionados en el Anexo I, con anterioridad a la publicación de la convocatoria de ayudas.
    • Que la actividad principal de la empresa esté encuadrada en el ámbito del comercio minorista, dentro de los epígrafes señalados en el Anexo I. Se considerará actividad principal aquella que genere la mayor parte del volumen de negocio.

d) Las pymes artesanas que soliciten subvenciones para la implementación de proyectos de las modalidades A, B y C, han de cumplir además los siguientes requisitos:

    • Estar dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
    • Acreditar la condición de artesana. A estos efectos se considerará acreditada tal condición con la inscripción en el Registro de Artesanos de Andalucía o cualquier otro Registro autonómico equivalente con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

e) Las pymes comerciales o artesanas que deseen llevar a cabo un proyecto de modalidad C, de expansión, además de los requisitos anteriores, deberán acreditar que, durante un periodo previo ininterrumpido de al menos 2 años, contados desde la fecha de inicio de presentación de las solicitudes, han mantenido la actividad económica en uno o más establecimientos, ya sean físicos u on-line.

f) Las empresas que soliciten la ayuda para el desarrollo de los proyectos de la modalidad D de relevo generacional, además de los requisitos previstos en las letras a) y b), deberán estar constituidas con carácter previo a la publicación de la convocatoria, con al menos cinco años de antigüedad.

Para más información contacte con nosotr@s, a través del correo electrónico info@semasconsultoria.com o el 954219123

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